Requisitos de importación para frutas y hortalizas
NARANJA (Citrus sinensis)
| Permiso de Importación |
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| Tratamiento Fitosanitario Requerido |
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| Puertos de Entrada Autorizados |
Todos
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| Procedencia |
Península y Baleares
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Plaga: Ceratitis capitata o Eutetranychus orientalis
Tratamiento: T107-a Tratamiento de frío (nuevas temperaturas revisadas)
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Temperatura |
Periodo de Exposición al Tratamiento |
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1,11°C (34º F) o menos |
14 días |
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1,67°C (35º F) o menos |
16 días |
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2,22°C (36º F) o menos |
18 días |
El 15 de octubre de 2002 entró en vigor la norma que regula la exportación de clementinas a EE.UU., que también regula la exportación de naranjas. Los cítricos deben proceder de un huerto autorizado e incluido en el registro oficial, y ser sometidos a inspección en origen (pre-clearance). Los requisitos para la exportación han sido acordados entre el MAPA y el USDA en un plan de trabajo.
Consulte el plan de trabajo para mayor información.
