Consejería de Medio Ambiente y
Medio Rural y Marino

Embajada de España en Washington, D.C.

Guía para la exportación de productos agrarios, pesqueros y alimentarios españoles a Estados Unidos

Semillas

La importación de semillas para reproducción vegetal en los Estados Unidos requiere la obtención de certificados fitosanitarios en el país de origen. Algunos tipos de semillas requieren un "permiso escrito" (use el impreso PPQ 587) o un "permiso fitosanitario" (use impreso PPQ 526).

1.) Semillas para cultivos arables y hortalizas

Excepto en los casos especificados en la sección de "requisitos especiales", las semillas en esta categoría pueden ser importadas con un permiso verbal. Los Servicios de Sanidad Animal y Vegetal (APHIS) del Departamento de Agricultura estadounidense no exigen un permiso por escrito. Las semillas incluidas en esta categoría están sometidas a las disposiciones de la Federal Seed Act. Cada lote debe ser marcado con toda precisión con el tipo, variedad, origen y destino del mismo. Si la semilla ha sido tratada, la declaración de etiquetado y el paquete deben ser debidamente marcados. Los inspectores del PPQ (Servicio Fitosanitarios del Departamento de Agricultura) tomarán muestras e inspeccionarán cada lote de semillas en el puerto de entrada. Si los inspectores del PPQ detectan la presencia de especies nocivas u otras plagas, podrían rechazar la entrada del envío o permitir la limpieza o tratamiento del mismo.

Vea la sección de "requisitos especiales" para consultar las condiciones específicas a ciertos tipos de semillas.

2.) Flores y otras semillas de plantas herbáceas (distintas de semillas de leñosas)

Excepto indicaciones en contrario en la sección de "requisitos especiales", las semillas de esta categoría pueden ser importadas con un permiso verbal. APHIS no exige un permiso por escrito. Sin embargo, las semillas de esta categoría podrán ser inspeccionadas y, si fuese oportuno, podrían ser tratadas para prevenir los riesgos de introducción de plagas.

3.) Requisitos especiales

4.) Semillas de plantas leñosas

Las semillas de esta categoría se pueden importar con permiso por escrito, excepto en los siguientes casos:

5.) Especies en peligro

Algunas semillas se encuentran reguladas por la Ley de Especies en Peligro (Endangered Species Act, ESA) y por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies en Peligro (CITES). Si las semillas que desea exportar no son una especie común, contacte la Unidad de Permisos del PPQ para obtener una lista de semillas reguladas por la ESA y por CITES.

6.) Semillas genéticamente modificadas

Para la importación, transporte interestatal, y dispersion medioambiental de semillas, solicite permiso usando el impreso APHIS-2000, Application for Permit or Courtesy Permit.

Notas:
Las siguientes disposiciones legislativas contienen información más específica:
7CFR319 Cuarentenas
7CFR330 Reglamento federal sobre plagas
7CFR340 Organismos modificados genéticamente
7CFR360 Especies nocivas
7CFR361 Federal Seed Act (Ley Federal de Semillas)

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