Embalajes de madera
La importación de embalajes de madera a Canadá se encuentra regulada en la Directiva D-98-08 (Rev. 3) sobre “Requisitos de entrada para los materiales de embalajes de madera producidos en todas las zonas excepto en Estados Unidos” (“Entry Requeriments for Wood Packaging Materials Produced in All Areas Other than the United States”)
La revisión 3 de dicha Directiva pretende la adopción de los estándares establecidos por las “Guidelines for Regulating Wood Packaging Material in International Trade” (Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional) aprobado por la Convección Internacional de Protección Fitosanitaria (IPPC en sus siglas en inglés) de la FAO el 15 de marzo de 2002 dentro de las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (ISPM 15).
Básicamente, se pretende que el embalaje de madera que se importe en Canadá sea tratado o bien térmicamente o mediante fumigación con bromuro de metilo. Las características de cada tratamiento, temperaturas, tiempos, dosis se encuentran especificados en la Directiva.
Canadá, Estados Unidos y México, países de la NAPPO
(North American Plant Protection Organization) pretenden implementar conjuntamente
la ISPM 15. No todos los países de la NAPPO están preparados
para implementar a fecha 2 de enero de 2004 dicha norma. Por ello, adoptarán
un sistema por etapas. Así, en la primera etapa de aplicación
los tres países emitirán notificaciones respecto a los embalajes
de madera que no cumplan con los estándares mencionados en la norma.
Durante este período los países realizarán inspecciones
dirigidas a los embalajes de madera y tomarán las medidas fitosanitarias
adecuadas para el material que se encuentre infestado.
Para mayor información se recomienda consultar
la página web de la NAPPO.
