Otras especies
Las siguientes normas conciernen a la importación no comercial en España de animales de compañía distintos de perros, gatos, hurones, aves, reptiles o primates procedentes exclusivamente de EE.UU. y Canadá.
Se entiende como animales de compañía, los que viajan acompañados de sus dueños o respresentantes.
Certificación del dueño
El dueño o persona responsable firmará un certificado estableciendo:
- que los animales han estado en su poder los tres meses previos a la importación o desde los primeros días después de su nacimiento
- que no va a vender dichos animales en España
- que se compromete a someter a los animales a todas las inspecciones que los servicios veterinarios españoles consideren necesarias, de acuerdo con las normas sanitarias en vigor.
Siga este enlace para imprimir el formulario de certificado, en español e inglés.
(Para poder imprimir el certificado, necesitará instalar Acrobat Reader , disponible de modo gratuito en el sitio web de Adobe).
Certificación de salud
Vendrán amparados de un un certificado sanitario utilizando este impreso expedido por un veterinario oficial del país de procedencia que garantice:
- Identificación y procedencia de los animales;
- Que han sido reconocidos antes de la salida del país y no presentan signo clínico de enfermedad;
- Que en la región de procedencia no se ha constatado en los últimos 60 días ninguna enfermedad de declaración obligatoria que afecte a la especie.
- Vacunación contra la rabia entre 1 y 12 meses con anterioridad a su entrada en España para las especies sensibles, o, en el caso de animales no vacunados, que han sido sometidos a una prueba de valoración de anticuerpos neutralizantes en un laboratorio autorizado, que atestigüe que los animales no han estado expuestos al virus de la rabia.
(Para poder imprimir el certificado, necesitará instalar Acrobat Reader , disponible de modo gratuito en el sitio web de Adobe).
El número máximo de animales que podrán acompañar a los viajeros es de dos.
Se aconseja comprobar que el animal no esté incluida en los anejos del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies en Peligro (CITES). Si el animal está listado en los anejos del Convenio, su traslado entre países podría estar limitado o prohibido.
Consulte asimismo nuestra sección de preguntas más frecuentes.
