Consejería de Medio Ambiente y
Medio Rural y Marino

Embajada de España en Washington, D.C.

Normas para la entrada en España de animales de compañía procedentes de EE.UU. o Canadá

Importación no comercial de perros, gatos y hurones

Las siguientes normas conciernen a la importación no comercial en España de perros, gatos y hurones procedentes exclusivamente de EE.UU. o Canadá según el Reglamento (CE) 998/2003 y la Decisión de la Comisión 2004/824/CE

Se define como importación no comercial la entrada en España de cinco o menos de cinco animales de compañía sin ánimo comercial (que no sea parte de una venta, o con la intención de vender los animales).

Para importación de animales de con ánimo comercial o en grupos de más de cinco animales, consulte las normas para importaciones comerciales.

La entrada de perros, gatos o hurones menores de tres meses no está permitida.

Vacunación antirrábica: Si se trata de la primera vacunación, los animales no podrán entrar en España hasta transcurridos 21 días tras dicha vacunación. Si se trata de una vacuna de refuerzo, podrán entrar el mismo día de la vacunación, siempre y cuando se haya administrado la misma antes de la caducidad de la vacunación anterior. Vea más información en la página de Preguntas Más Frecuentes.

La tenencia en España de ciertos tipos de perros está sujeta a unos requisitos especiales. Consulte nuestra página de perros potencialmente peligrosos por si su animal entrara en esta categoría.

Identificación

Todos los perros, gatos y hurones deberán ir identificados con un tatuaje o llevar un sistema de identificación electrónico (microchip) conforme a los estándares ISO-11784 o Anejo A de ISO-11785 (más información en la página de preguntas más frecuentes). Si el animal estuviera equipado con un microchip que no se conformara a dichos estándares, el dueño o representante deberá proporcionar los necesarios sistemas de lectura.

Certificado

Asimismo, los animales vendrán amparados por un certificado de origen y sanidad, usando este impreso, y expedido por un veterinario oficial del país de procedencia, en el que se atestigüe:

  1. Los datos de la persona responsable del animal;
  2. La descripción y procedencia del(os) animal(es);
  3. Número de microchip (o tatuaje), localización del mismo y fecha de inserción;
  4. Datos de la vacunación antirrábica (la vacuna deberá ser de tipo inactivado y cumplir los requisitos de la OIE);

La validez del certificado de origen y sanidad será de 4 meses o hasta la fecha de expiración de la vacuna si fuera anterior. El certificado debe imprimirse en una hoja por ambas caras. En caso de carecer del certificado, no se permitirá la entrada del animal en el país.

Para animales procedentes de EE.UU. y Canadá viajando a España, no es necesario rellenar las partes V, VI y VII del certificado. Sin embargo, si el(los) animal(es) van viajar a Finlandia, Irlanda, Suecia, o el Reino Unido tras su entrada en España, deberán cumplimentarse los apartados V, VI o VII del certificado. Consulte con la Embajada del país que vaya a visitar tras la estancia en España.

El certificado deberá ir acompañado por justificantes, o por una copia compulsada de los mismos, que incluyan los datos de identificación del animal en cuestión, los detalles de la vacunación y si fuera necesario el resultado de las pruebas serológicas.

Siga este enlace para imprimir el formulario de certificado sanitario en versión PDF.

(Para poder imprimir el certificado, necesitará instalar Acrobat Reader, disponible de modo gratuito en el sitio web de Adobe).

Importante: ¿Quién puede firmar el certificado veterinario?

Estados Unidos: el certificado veterinario puede ser cumplimentado solamente por un veterinario acreditado por el Departamento de Agricultura, USDA/APHIS, bajo el Programa Nacional de Acreditación Veterinaria (National Veterinary Accreditation Program, NVAP). Sin embargo, una vez cumplimentado, el certificado veterinario debe ser firmado por un veterinario oficial empleado por los Servicios Veterinarios del Departamento de Agricultura, (Veterinary Services, Animal and Plant Health Inspection Service, VS/APHIS). Primero, pregunte a su veterinario si está acreditado por el NVAP. Si no fuera así, contacte a la Oficina Regional de VS/APHIS para solicitar una lista de veterinarios acreditados en su zona.

Una vez el veterinario acreditado haya cumplimentado el certificado, necesitará la firma de un veterinario oficial de VS/APHIS. El veterinario acreditado, o la Oficina Regional de VS/APHIS podrán informarle de cómo hacer este trámite.

Canadá: El certificado debe ser firmado por un veterinario con licencia, y posteriormente validado por un Veterinario Oficial de la Canadian Food Inspection Agency (CFIA). Para más información sobre cómo contactar a un veterinario oficial, vea esta página (en inglés).

La jaula en la que viaja el animal deberá estar debidamente etiquetada con el nombre, dirección en España, y teléfono del propietario o representante.

Si, una vez en España, Vd. planea viajar con su animal de compañía a otros países y posteriormente regresar a España, necesitará un pasaporte de acuerdo al formato normalizado comunitario. Consulte con su veterinario en España.

Consulte asimismo nuestra sección de preguntas más frecuentes.

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