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Importación de alimentos de consumo personal en España1. Alimentos de origen animalDesde el 1 de mayo de 2004, según Reglamento de la Comisión Europea 745/2004 del 16 de abril de 2004, los viajeros procedentes de países terceros (incluyendo los Estados Unidos y Canadá) no podrán introducir en España alimentos de origen animal para consumo propio como parte de sus equipajes. Esta prohibición afecta a todo tipo de carnes, productos con contenido cárnico, leche y productos lácteos, con las excepciones especificadas en el Anejo I (leches infantiles en polvo, alimentos infantiles y alimentos especiales por necesidades médicas, en envases comerciales y que no requieran refrigeración antes de abrirse) y aquellas especificadas en el Artículo 1, párrafos 2 y 3. 2. Vegetales y productos vegetalesPara la introducción de vegetales y productos vegetales en España como equipaje personal consulte la información proporcionada por el Servicio de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ¨Información para viajeros para introducción de vegetales y productos vegetales¨ 3. Resto de alimentosEl resto de alimentos podrá ser introducido en España, hasta un límite de un kilogramo (2,2 lb.) por viajero, siempre y cuando forme parte del equipaje personal y no tengan carácter de importación comercial. De acuerdo con el Reglamento (CE) 918/83, se entenderá por:
Respecto a la introducción de tabaco, bebidas alcohólicas y del resto de mercancías, incluyendo alimentos que tengan carácter comercial, se recomienda consultar la siguiente página de Internet del Departamento de Aduanas del Ministerio de Hacienda que recoge los límites de los productos que pueden introducirse en España bajo franquicia arancelaria (exentos del pago de derechos de importación). Se recuerda que la determinación del carácter "no comercial" de la mercancía dependerá del agente de aduanas que controle la introducción de la misma. Ante cualquier duda, se recomienda consultar con los servicios aduaneros del puesto fronterizo por el que se pretenda entrar en España.
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