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EtiquetadoNota: para información sobre el etiquetado de bebidas alcohólicas, consulte el Capítulo sobre etiquetado de bebidas alcohólicas de esta Guía. Para el etiquetado de productos cárnicos, consulte también este capítulo. 1. Requisitos generales de etiquetado [FDR B.01.001], [FDA 2]La información que se incluya en las etiquetas debe ser verídica, sin que induzca a confusión o a engaño, y la información requerida debe tener las siguientes características:
2. Alimentos que requieren etiquetado [FDR B.01.003], [CPLA 4]Todos los alimentos envasados para consumo requieren una etiqueta, excepto:
3. Requisitos de idioma [FDR B.01.012, B.01.054], [CPLR 6]Toda la información de inclusión obligatoria en etiquetas deberá figurar en francés e inglés, con las siguientes excepción:
Además, la toda información en la etiqueta puede figurar en un idioma solamente en los siguientes casos:
La provincia de Quebec tiene requisitos adicionales respecto al uso del francés en todos los productos comercializados en su jurisdicción. Información sobre estos requisitos se puede obtener del Ministerio de Agricultura de Québec:
4. Nombre común [FDR B.01.001, B.01.006], [CPLA 10]El nombre común de un alimento es:
Cuando se utilice el nombre establecido normativamente para un producto,
el producto debe ajustarse al estándar de composición establecido
por la legislación competente.
4.1 AbreviaturasAbreviaturas, incluyendo iniciales, no pueden utilizarse si indujeran confusión. En general, las Food and Drug Regulations y las Consumer Packaging and Labelling Regulations no permiten el uso de abreviaturas para proporcionar información obligatoria en el etiquetado, salvo excepciones expresamente incluidas en la legislación. 5. Cantidad neta [CPLR 14, 18], [Weights and Measures Act and Regulations]Los productos envasados para el consumo deben incluir una declaración de cantidad neta, con las siguientes excepciones:
La legislación canadiense exige una declaración de cantidad neta en alimentos envasados para el consumo, y describe las características de la declaración. La declaración de cantidad neta debe estar impresa en letras con un cuerpo no inferior a 1.6 mm. medido en la letra "o" minúscula, excepto los numerales, que deberán estar impresos en negrita con el tamaño de cuerpo que se especifica en la siguiente tabla: 5.1. Cuerpo mínimo de letra para cantidad neta [CPLR 14]
La cantidad neta debe estar declarada en unidades métricas en el panel principal en los envases para consumo, en ingles y francés. Los siguientes símbolos métricos son bilingües (nótese que no llevan punto al final):
La cantidad neta debe indicarse:
La cantidad neta debe redondearse a tres cifras, a no ser que la cantidad sea inferior a 100, en cuyo caso se redondeará a dos cifras:
5.2. Unidades canadienses de medida [CPLR 17] Aunque las unidades canadienses de medida (anteriormente conocidas como "imperiales")
no son obligatorias en el etiquetado, se permite su uso conjunto con las unidades
métricas. Cuando la cantidad neta se incluya en unidades métricas
y canadienses, ambas cantidades deben estar contiguas en la etiqueta.
5.3 Unidades canadienses y estadounidensesLas unidades de medida estadounidenses se pueden utilizar en el etiquetado de productos para comercialización en Canadá siempre que se acompañen de unidades métricas. La onza líquida (fluid ounce, fl oz) estadounidense es ligeramente mayor que la canadiense, pero no es necesario identificarla con el sufijo "U.S." Se pueden utilizar los siguientes factores de conversión: 1 fl oz U.S. = 1.041 fl oz canadiense = 29,574 ml Otras unidades estadounidenses de volumen de líquidos-excepto la onza líquida-son menores que sus homónimos canadienses, y deben ser identificadas con el sufijo "U.S." Las declaraciones de cantidad neta en unidades distintas de las métricas pueden incluirse en francés o inglés. 6. Nombre y dirección [FDR B.01.007], [CPLA 10], [CPLR 31]En productos importados, el nombre y dirección postal de la empresa importadora del producto debe incluirse en cualquier panel de la etiqueta, excepto el inferior, impresa en letras con un cuerpo no inferior a 1.6 mm. medido en la letra "o" minúscula, en francés o inglés, indistintamente. Esta dirección deberá ir precedida de las frases "imported by/importé par" o "imported for/importé pour", a no ser que el origen geográfico del producto se especifique inmediatamente a continuación de la dirección canadiense. 7. Lista de ingredientes [FDR B.01.008, B.01.010]Los productos compuestos por varios ingredientes y envasados para consumo requieren una lista de ingredientes, excepto en los siguientes casos:
En general, los ingredientes deben ser enumerados en orden descendiente de proporción en peso del producto, excepción hecha en el caso de sal, especias, condimentos y hierbas, aromas artificiales y naturales, potenciadores del sabor, aditivos y nutrientes minerales y vitamínicos y sus derivados, que pueden incluirse al final de la lista en cualquier orden. La lista de ingredientes debe presentarse en inglés y francés. Con el fin de prevenir posibles casos de reacciones alérgicas, la CFIA aconseja a las empresas que incluyan los siguientes alimentos y derivados en la lista de ingredientes de los productos que los contengan:
7.1 Nombres comunes de ingredientes [FDR B.01.008, B.01.010]Los ingredientes y sus componentes deben ser enumerados en las listas de ingredientes por sus nombres comunes (véase la lista de nombres comunes de ingredientes y componentes). Ciertos tipos de alimentos, cuando se usan como ingredientes, pueden detallarse con nombres colectivos o de clase (véase la lista de nombres de clase para ingredientes). La CFIA aconseja que se incluya el origen del ingrediente junto a su nombre común (por ejemplo, proteína hidrolizada de soja, almidón de trigo, lecitina de soja, etc.) Cuando a los alimentos se añadan preparados vitamínicos, nutrientes minerales, aditivos o potenciadores del sabor, éstos deben registrarse en la lista de ingredientes por el nombre común del ingrediente activo presente, por ejemplo, vitamin A palmitate (palmitato de vitamina A). Las preparaciones de levadura (yeast) pueden registrase como "yeast". 7.2 Declaraciones de componentesLos componentes de los ingredientes deben ser registrados de una de las siguientes maneras:
Muchos alimentos, cuando se usan como ingredientes en otros productos, están exentos de declarar sus componentes (véase lista de ingredientes exentos de declaración de componentes) Ciertas mezclas y preparados de alimentos, incluyendo aromas y condimentos, cuando se usan como ingredientes, están exentos de la declaración de la mayor parte de sus componentes (véase Declaraciones de Componentes, anejo 4a). Los componentes que, en su caso, deben declarase como si fueran ingredientes incluyen aquellos que cumplen una función o tienen un efecto en el producto final, como, por ejemplo, los potenciadores del sabor (véase Declaración de Componentes, anejos 4b y 4c). 7.3 Declaración de auxiliares de fabricaciónSe entiende por auxiliares de fabricación aquellas sustancias o ingredientes que se añaden a un alimento para obtener un efecto técnico durante el proceso de fabricación o envasado, pero que no están presentes en el producto final o, de estarlo, en niveles insignificantes. Las siguientes sustancias o ingredientes son considerados auxiliares de fabricación; su inclusión en la lista de ingredientes no es necesaria. Sustancias o ingredientes actualmente exentos de figurar en el etiquetado
Nota : Existe una propuesta legislativa para la exención de aditivos e ingredientes que cumplen una función de auxiliar de fabricación y que dejan residuos en el producto final. La propuesta está aún siendo estudiada. 8. Aromas artificiales [CPLR 34]Cuando un aroma artificial (por ejemplo, aroma artificial de manzana) se añade a un alimento, ya sea solo o en conjunción con sabores aromas naturales, y un dibujo en la etiqueta sugiere el origen natural del aroma (en este ejemplo, el dibujo de una manzana), la etiqueta debe informar de que el aroma es imitación (imitation), artificial (artificial) o simulado (simulated) en la misma etiqueta, o espacio adyacente, en que aparece el dibujo, en francés e inglés. La información debe estar impresa en un tipo de letra de cuerpo similar o superior al de los numerales en la cantidad neta. 9. Fecha de consumo preferente (Durable life) [FDR B.01.007]Período de consumo preferente (durable life) es el período, contado a partir de la fecha en que se envasa el alimento para su venta al público, durante el que éste conserva su condición normal, sabor y valor nutritivo, siempre que se haya almacenado en las condiciones apropiadas. Los alimentos envasados para el consumo con una duración igual o inferior a 90 días deben llevar una fecha de consumo preferente (best before/meilleur avant), con las siguientes excepciones:
9.1 Alimentos envasados para el consumo (excepto alimentos envasados en el establecimiento de venta al público)Los alimentos envasados para el consumo (excepto en el caso de alimentos envasados en el establecimiento de venta al público) con una duración igual o inferior a 90 días deben incluir, en cualquier panel de la etiqueta excepto la base, una fecha de consumo preferente (best before/meilleur avant) e instrucciones de almacenamiento, ambos en francés e inglés. La fecha, sin embargo, puede figurar impresa en la base del envase, siempre y cuando esto se indique claramente en otra parte de la etiqueta. (B.01.005 (4), FDR). Los símbolos bilingües para los meses del año son los siquientes:
La fecha de consumo preferente debe comenzar por el año (si es necesario indicar el año, por razones de claridad), seguido por el mes y, por último, el día. Por ejemplo: Best before 10. Tamaños estándar de envase [CPLR 36]Los tamaños de envase de ciertos alimentos envasados para el consumo están estandarizados según la CPLR. Entre estos productos se encuentra el vino, que puede venir en envases con las siguientes capacidades:
Además, la Canada Agricultural Products Act establece tamaños estándar para los envases de ciertos productos, tales como frutas y hortalizas frescas o procesadas, lácteos y miel. 11. Otra información obligatoriaDependiendo del tipo de alimento o de las afirmaciones acerca de sus propiedades (por ejemplo, el porcentaje de alcohol en bebidas alcohólicas, de grasa en lácteos, de ácido acético en vinagres o el uso de aspartamo como edulcorante), la inclusión de otra información podría ser obligatoria. Se requiere una declaración de valor nutritivo cuando se realicen afirmaciones acerca del valor nutritivo del alimento. Dichas declaraciones deben figurar en inglés y francés. 11.1 Alimentos irradiadosDos aspectos de la irradiación de alimentos están sometidos a control federal: la seguridad y el etiquetado. La División 26 de las Food and Drug Regulations reconoce la irradiación como un tratamiento aceptado en el procesado de alimentos. Desde la perspectiva de la seguridad, Health Canada tiene la responsabilidad de emitir legislación que especifique qué alimentos pueden ser tratados con radiación y a qué niveles. Hasta la fecha, los siguientes alimentos irradiados se pueden comercializar en Canadá (B.26.003):
La reglamentación sobre el etiquetado de alimentos irradiados es administrada por CFIA y se aplica igualmente a alimentos importados y domésticos. Las normas de etiquetado descritas en la sección B.01.035 de las Food and Drug Regulations exigen la identificación de los alimentos completamente irradiados con una declaración escrita, por ejemplo "irradiated" o "treated with irradiation" y el símbolo internacional:
Los ingredientes irradiados que constituyan más del 10% del producto final deben ser identificados en la lista de ingredientes como "irradiated". 12. Etiquetas en contenedores de transporte [FDR B.01.012]No se exige leyenda bilingüe en las etiquetas en contenedores o envases para el transporte que no vayan a destinarse a la venta al público. La declaración de cantidad neta puede hacerse en medidas métricas o canadienses. El resto de la información en la etiqueta, incluyendo lista de ingredientes, debe ajustarse a las condiciones descritas en este documento. 13. Alimentos para estudios de mercadoEn general, los alimentos destinados a estudios de mercado (Test Market Food) deben cumplir todos los requisitos de la legislación vigente, excepto el requisito de bilingüismo en las etiquetas y los tamaños estándar de los envases. Por ley, para que se conceda el estatus de "Test Market Food" a un producto, éste debe ser un producto nuevo en el mercado canadiense (es decir, que nunca se haya comercializado en dicha forma y que su composición, función, estado o modalidad de envase sea sustancialmente diferente del resto de productos comercializados en Canadá). Un posible caso sería el de alimentos para cuya comercialización un importador o distribuidor haya recibido una "carta de autorización temporal de comercialización" (Temporary Marketing Authorization Letter). Un distribuidor que desee conducir un estudio de mercado debe, con una antelación de seis semanas respecto al inicio del estudio, registrar un "Aviso de intención de estudio de mercado" (Notice of Intention to Test Market) en la forma prescrita. La Notice of Intention to Test Market debe ser cumplimentada en papel con membrete de la empresa e incluir la siguiente información:
La Notice of Intention to Test Market debe remitirse a la siguiente dirección: President 14. Carta de autorización temporal para la comercialización (Temporary Marketing Authorization Letter)Una carta de autorización temporal para la comercialización (Temporary Marketing Authorization Letter, TMAL), emitida por el Viceministro Adjunto para Productos Sanitarios y Alimentos (Assistant Deputy Minister of the Health Products and Food Branch) de Health Canada, autoriza la comercialización de un alimento que no reúne todos los requisitos de envasado, etiquetado o publicidad según las Food and Drugs Act and Regulations durante un período específico de tiempo, en un área geográfica designada y en una cantidad específica. Una TMAL no exceptúa al producto de los requisitos de las Consumer Packaging and Labelling Act and Regulations, y existe una distinción entre un alimento para estudio de mercado (test market food) y un alimento al que se ha concedido una autorización temporal de comercialización. La finalidad de una TMAL es generar información a favor de una enmienda de las Food and Drug Regulations, realizando estudios sobre la respuesta de los consumidores a la nueva información autorizada provisionalmente por la TMAL. Las solicitudes para una Carta de Autorización Temporal de Comercialización (Temporary Marketing Authorization Letter) se remitirán a la siguiente dirección: Assistant Deputy Minister Más información sobre detalles de procedimiento para solicitar una Carta de Autorización Temporal de Comercialización puede solicitarse en la siguiente dirección: Chief, Nutrition Evaluation Division |
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